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Este documento contiene la información más relevante a título informativo y orientativo. Sus contenidos no son vinculantes, no suponen ninguna norma de aplicación. Si se desea tener una referencia reglamentaria de las ayudas, se recomienda acudir a las bases reguladoras, y la convocatoria correspondiente.

Información general sobre requisitos, y documentos que se deben aportar, según sea su caso, para la correcta tramitación del procedimiento de comunicación previa al inicio de las inversiones LEADER (ANEXO II de las BASES REGULADORAS). INVERSIÓN (LEADER agro; LEADER agroindustria; LEADER diversificación).

Condiciones a cumplir con relación a la comunicación previa:

a) Las actuaciones que ya hayan sido completamente ejecutadas en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda de la próxima convocatoria, sin perjuicio de lo que establezcan las bases reguladoras, no serán subvencionables.

A este respecto, se considerará que las actuaciones están completamente ejecutadas cuando se den las siguientes condiciones:

i. Que la actividad objeto de la inversión cuente con todos los permisos, licencias o registros que sean preceptivos en función de su naturaleza (licencia de apertura/actividad, licencias o autorizaciones sectoriales, registro de maquinaria agrícola, registro sanitario, etc.) con anterioridad a la solicitud de ayuda; y

ii. Que todos los pagos relativos a la operación subvencionada se hayan realizado con anterioridad a la solicitud de ayuda.

b) La acreditación de la ejecución de las actuaciones se justificará una vez concedida la subvención, en su caso, y en los plazos y condiciones establecidos en la convocatoria o en la resolución de concesión. El GAL (ADRIOA), comprobará en el momento de esta justificación, que las actuaciones subvencionables no estaban completamente ejecutadas a fecha de solicitud de la ayuda. Si de esta comprobación se concluyese que las actuaciones ya estaban completamente ejecutadas a fecha de solicitud de ayuda procederá la revocación total de la ayuda y, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas.

Documentación a aportar con la comunicación previa:

La comunicación previa y la solicitud de visita previa de comprobación de no inicio de las inversiones irá acompañada de la documentación que se detalla a continuación. No obstante, no será necesario presentar la documentación que ya se haya presentado anteriormente ante cualquier Administración y cuyos datos no hayan variado y continúen vigentes. En este caso, deberá indicarse en el impreso de solicitud en qué procedimiento, campaña o año y unidad se aportó la documentación requerida:

1. Verificación de los datos de identidad de la persona solicitante, o de quien la represente mediante DNI/NIF/NIE, u otro documento que la acredite, si procede. En caso de que no autorice a la Consejería de Medio Rural y Política Agraria a verificar esta información mediante el impreso de solicitud de visita previa de comprobación de no inicio de las inversiones, deberá aportarse la fotocopia del DNI/NIF/NIE.

Descargar impreso comunicación previa:

👉 AYUD0535T01 LEADER AGRO; LEADER AGROINDUSTRIA; LEADER DIVERSIFICACIÓN

2. Acreditación de la representación por cualquier medio admitido en derecho que deje constancia, en su caso.

3. Proyecto o memoria descriptiva de las inversiones previstas. Descargar impreso:

👉 Memoria comunicación previa

4. Presupuesto, desglosado por partidas y conceptos (incluido en el impreso de la memoria de la comunicación previa).

El efecto de la presentación es únicamente la constatación de este hecho y determinará el momento a partir del cual las actuaciones pueden iniciarse desde el punto de vista de su fecha de subvencionabilidad. En ningún caso supondrá la subvencionabilidad ni la elegibilidad de las actuaciones previstas, ni constituirá ningún tipo de garantía o de preferencia para la obtención de la ayuda.

Las actuaciones que ya hayan sido completamente ejecutadas en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda de la próxima convocatoria no serán subvencionables.

Se considerará que las actuaciones están completamente ejecutadas cuando se den las siguientes condiciones:

-que la actividad objeto de la inversión cuente con todos los permisos, licencias o registros que sean preceptivos en función de su naturaleza (licencia de apertura/actividad, licencias o autorizaciones sectoriales, registro de maquinaria agrícola, registro sanitario, etc.) con anterioridad a la solicitud de ayuda; y

-que todos los pagos relativos a la operación subvencionada se hayan realizado con anterioridad a la solicitud de ayuda.

Otros enlaces y direcciones de interés:

BASES REGULADORAS LEADER 2023-2027.

https://www.leaderoriente.es/sites/default/files/oriente/BBRR-LEADER-BOPA-TIQUES-2025-04266_0.pdf

Tramitación de la comunicación previa a través de la Solicitud Genérica: Registro Electrónico.

https://sede.asturias.es/-/dboid-6269000102616541907573